martes, 2 de febrero de 2010
Declaraciones del Ateneo Illia. "Las paredes se pueden blanquear, otras cosas no. Las obligaciones del interventor Giubergia"
LAS PAREDES SE PUEDEN BLANQUEAR, OTRAS COSAS NO.
LAS OBLIGACIONES INELUDIBLES DEL INTERVENTOR GUIBERGIA.
La campaña de afiliación, las reuniones de dirigentes del interior y la Capital, la emisión de las diversas notas solicitando elecciones internas al Interventor, el Comité Nacional y la Convención Nacional, junto a las expresiones de protesta que “adornan” al cerrado Comité Provincia, han comenzado a tener repercusiones.
La actitud agresiva del concejal extrapartidario por el socialismo, Carlos Saravia, demuestra el “nerviosismo” que tiene con relación a la convocatoria a internas partidarias que es una obligación ineludible para el Interventor Guibergia, quien sigue equivocado en sus pretenciones de delegar atribuciones.
1°.- Es el Interventor quien debe designar una JUNTA ELECTORAL que garantice la transparencia de los Comicios.
2°.- El Interventor no puede delegar facultades en una Junta de Acción Política, ésta puede funcionar como junta asesora, jamás como órgano resolutivo o como conducción del partido, pues los órganos del gobierno partidario sólo emergen de elecciones libres, no por la delegación de facultades del Interventor.
3°.- El Ateneo Dr. Arturo Illia no descarta la constitución de una lista unidad, tampoco la formación de listas a nivel provincial, departamental y en los circuitos.
4°.- La obligación del Interventor es convocar a elecciones internas, constituir la junta electoral y dejar un informe de la situación administrativa del año de gestión con las cuentas partidarias saneadas y los compromisos de sueldos a los empleados administrativos del partido al día.
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