Teniendo en cuenta el cronograma electoral vigente para las elecciones de INTERNAS ABIERTAS Y SIMULTÁNEAS que se desarrollarán el próximo 14 de junio y en conocimiento que el próximo 15 de abril vence el plazo para la CONCERTACIÓN DE ALIANZAS Y FRENTES ELECTORALES (art. 12 de la Ley 7.335) en el que consta que las mismas podrán realizarse siempre y cuando “las respectivas Cartas orgánicas lo autoricen”. La ley también supone el funcionamiento normal de autoridades constituidas en arreglo a la misma Carta Orgánica y como es de conocimiento público que el Partido Radical ha sido Intervenido en forma integral por el Comité Nacional situación que fue rechazada por el MOVIMIENTO NUEVO RADICALISMO, el ATENEO DR. ARTURO ILLIA, LA JUVENTUD RADICAL y FRANJA MORADA, circunstancia que coloca a la Unión Cívica Radical de Salta en una situación de excepcionalidad y que torna difusos los mecanismos para la concertación de las alianzas y conformación de las listas de candidatos.
Por esta situación es que nos vemos en la obligación de manifestar públicamente nuestro pedido a que la Intervención partidaria:
1º.- TENGA EN CUENTA LOS LÍMITES ETICOS, LOS PRINCIPIOS Y PROGRAMA DE LA UNION CIVICA RADICAL EN LA CONSTITUCIÓN DE FRENTES ELECTORALES ESTABLECIENDO ACUERDOS QUE PRIORICEN:
1. LOS VINCULOS CON LAS FUERZAS POLÍTICAS QUE COMPARTEN LA PLENA MEMBRESÍA EN LA INTERNACIONAL SOCIALISTA,
2. QUE CONCRETE ACUERDO CON FUERZAS POLÍTICAS DEMOCRÁTICAS Y REPUBLICANAS AJENAS A TODA COLABORACIÓN O COMPLICIDAD CON REGIMENES POLÍTICOS DITACTORIALES,
3. QUE NO FIRME ACUERDOS CON FUERZAS QUE REIVINDIQUEN LA DEFENSA DE LOS INTERES CORPORATIVOS Y DEL CAPITALISMO MONOPÓLICO NACIONAL Y TRANSNACIONAL.
4. QUE NO SUSCRIBA ACUERDOS CON FUERZAS POLÍTICAS QUE PRIORIZAN LA DEMOCRACIA DE CANDIDATOS POR ENCIMA DE LA DEMOCRACIA DE PARTIDOS.
2º EXIGIMOS al Interventor partidario que: CUMPLA CON LO ESTABLECIDO POR LA LEY ELECTORAL PROVINCIA, que en su artículo 1º (de la Ley 7.335) sostiene “Todos los partidos políticos y frentes electorales que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos provinciales: Gobernador, Vicegobernador; Senadores y Diputados Provinciales; Intendentes y Concejales Municipales, deberán postularlos obligatoriamente a través del sistema de Internas Abiertas y Simultáneas que por esta Ley se instituye”. SÓLO EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY PERMITIRÁ GARANTIZAR LA GENUINA EXPRESIÓN DE LA SOBERANÍA DE LOS AFILIADOS Y LOS CIUDADANOS INDEPENDIENTES A ELEGIR LOS CANDIDATOS DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL PARA LAS ELECCIONES PROVINCIALES DEL DÍA 6 DE SEPTIEMBRE.
3º.- REITERAMOS NUESTRO REPUDIO A LA INTERVENCIÓN DEL DISTRITO SALTA Y EXIGIMOS LA INMEDIATA NORMALIZACIÓN DE SUS AUTORIDADES A TRAVÉS DE ELECCIONES INTERNAS, LAS QUE FUERON SUSPENDIDAS EN FORMA ARBITRARIA
LA MOVILIZACIÓN CIVICA QUE PRODUJO LA MUERTE DE RAÚL ALFONSIN DEJO EN CLARO QUE LA CIUDADANÍA ARGENTINA NO PERMITIRÁ UN PASO ATRÁS EN LA DEMOCRATIZACIÓN INICIADA El 30 OCTUBRE DE 1983, TAL SITUACIÓN EXIGE A LA DIRIGENCIA PARTIDARIA ESTAR A LA ALTURA DE LAS CIRCUNSTANCIAS HISTÓRICAS.
NO OBSTANTE, PODEMOS ADVERTIR QUE LA PROFUNDA CORRIENTE REGENERADORA YA ESTA EN MARCHA. POR LO TANTO, NI LA INTERVENCIÓN PODRÁ DETENER EL CAMBIO QUE ANUNCIA UN NUEVO RADICALISMO PARA SALTA Y LA NACIÓN.
Salta, 07 de abril de 2009.
“El futuro será nuestro por prepotencia de trabajo
No hay comentarios:
Publicar un comentario